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LA PLUSVALÍA MUNICIPAL

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LA PLUSVALÍA MUNICIPAL

LA PLUSVALÍA MUNICIPAL

Estimado cliente, tras la Sentencia del TC 182/2021, mediante la cual se declaró inconstitucional las principales reglas de determinación de la base imponible del IIVTNU (es decir, de la plusvalía municipal), nuestro Gobierno en un plazo récord de 14 días, elaboró, redactó y publicó el Real Decreto-Ley 26/2021, de 9 de noviembre, en el que daba nueva regulación al impuesto, y que mientras no haya otra sentencia de los tribunales que la tumben o se implante una reforma fiscal de profundo calado, la nueva regulación del impuesto establece básicamente los siguientes aspectos:

  1. Reconoce la no sujeción de las transmisiones en las que no hubo incremento de valor (es decir, si se vende por debajo del precio de adquisición)
  2. Somete a tributación las plusvalías generadas en menos de un año (anteriormente estaba exonerada)
  3. Establece dos modos distintos de determinación de la base imponible y dispone la obligación de aplicar la más beneficiosa para el contribuyente (plusvalía real vs plusvalía objetiva)

 

En este aspecto, y para clarificar dichas formas de pago, pondremos dos ejemplos, que sean replicables a cualquier supuesto práctico:

Imaginemos una vivienda que es adquirida en 2015 por 250.000 euros, y se vende en 2022 por 260.000 euros. En la fecha de venta el valor catastral es de 100.000 euros, correspondiendo al valor de la construcción 80.000 euros y al valor del suelo 20.000 euros.

 

CÁLCULO PLUSVALÍA REAL

Plusvalía real: Valor de venta – valor de compra: 260.000 – 250.000 = 10.000 EUROS de plusvalía obtenida por la venta.

10.000 € * 20% (% que representa el valor del suelo en catastro) = 2.000 €uros de base imponible según el método de plusvalía real

CUOTA = 2.000 * 30% = 600 EUROS

 

CÁLCULO PLUSVALÍA OBJETIVO

Plusvalía objetiva: V.catastral suelo * Coeficiente (ver tabla abajo) = 20.000 * 0,12 = 2.400 €uros de base imponible según el método de plusvalía objetiva

CUOTA = 2.400 * 30% = 720 EUROS

Por tanto, la cuota a pagar por la venta de esta vivienda devenga una cuota íntegra de 600 euros, que es el inferior de los dos métodos.

Periodo Generación Coeficiente
Inferior a 1 año 0,14
1 año 0,13
2 años 0,15
3 años 0,16
4 años 0,17
5 años 0,17
6 años 0,16
7 años 0,12
8 años 0,10
9 años 0,09
10 años 0,08
11 años 0,08
12 años 0,08
13 años 0,08
14 años 0,10
15 años 0,12
16 años 0,16
17 años 0,20
18 años 0,26
19 años 0,36
20 años 0,45